jueves, 28 de marzo de 2013

EL GOBIERNO ELEVA LA EDAD MINIMA PARA LA JUBILACION ANTICIPADA



Hace unos días se aprobó el Real Decreto-Ley 5/2013, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

Con la aprobación de esta norma se adapta la jubilación anticipada a la normativa que aumenta la edad de jubilación a los 67 años.

A partir de ahora,  la jubilación anticipada voluntaria se atrasa hasta los 65 años, y requerirá que el trabajador tenga 35 años cotizados. Esta medida se va a aplicar de forma progresiva, igual que el aumento de la edad de jubilación. En 2013 se exigirá tener 63 años y 1 mes, en 2014 se exigirán 63 años y 2 meses, y asi hasta llegar al año 2027, en el que se requerirán 65 años cumplidos. El trabajador perderá entre un 6,5% y un 8% por cada año que le falte hasta llegar a los 44 años y 6 meses cotizados.

Igualmente, la jubilación anticipada forzosa (la que deriva de un despido, con 6 meses de antigüedad en el desempleo) se atrasa hasta los 63 años y requerirá tener cotizados 33 años (antes eran 30). Tambien se aplicará de forma progresiva, por lo que en 2013 el trabajador deberá tener 61 años y 1 mes, en 2014 serán 61 años y 2 meses, y así hasta llegar a los 63 años en el año 2027. El trabajador perderá entre un 6% y un 7,5% por cada año que le falte hasta llegar a los 44 años y seis meses cotizados.

Estamos a su disposición en MMA ABOGADOS para aclararle cualquier duda que pueda surgirles y tramitarle su pensión de jubilación.

miércoles, 27 de marzo de 2013

Sobre la eliminación de la prórroga de intereses de préstamos de V.P.O.


Hace unos meses, en pleno verano (como se toman las decisiones para que pasen desapercibidas), con la aprobación del Real Decreto-Ley 20/2012, de 16 de julio, el Gobierno suprimió la posibilidad de seguir subsidiando los intereses de los préstamos hipotecarios de viviendas de V.P.O. concedidas dentro del Plan de Vivienda 2009-2012. Con esta medida dejaba sin ayudas para pagar la hipoteca a miles de personas que habian comprado su vivienda amparándose en dicho plan de vivienda.

Ante las dudas de cómo debía aplicarse dicha normativa, el Gobierno dio una vuelta de tuerca más y decidió ampliar dicha supresión a todos los compradores de vivienda V.P.O. pertenecieran o no a dicho plan de vivienda. Con esta medida, a todas luces ilegal, ha dejado sin ayuda a miles de familias españolas que, amparándose en las ayudas aprobadas en su día, pudieron acceder a la propiedad de una vivienda de protección oficial.

Esta medida está empezando a notarse ahora, cuando se está solicitando la prórroga de la subsidiación de intereses y la misma está siendo inadmitida por la Consellería de Obras Públicas, amparándose en un Real Decreto que no se puede aplicar por debajo del año 2009.

No hay que quedarse callado ante semejante injusticia. Dicha supresión puede suponer para una familiar entre 3.000 y 6.000 euros por cada 5 años de prórroga que no le concedan. Por ello, desde MMA Abogados, les aconsejamos que recurran en el plazo de 30 días contra dicha inadmisión, en la creencia de que los tribunales darán la razón a los ciudadanos, en contra de la postura de la Administración a todas luces inconstitucional. Pero ojo, sólo tienen 30 días desde que les llega la carta de la Consellería. Pasado dicho plazo, ya nada se podrá hacer, ni ahora ni en el futuro.

Si tienen alguna duda, pueden dirigirse a nuestro despacho donde les informaremos sin compromiso.

Jose F. Martínez Navarro

MMA Abogados