Hace unos días se aprobó el Real Decreto-Ley 5/2013, de medidas
para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor
edad y promover el envejecimiento activo.
Con la aprobación de esta norma se adapta la jubilación anticipada
a la normativa que aumenta la edad de jubilación a los 67 años.
A partir de ahora, la
jubilación anticipada voluntaria se atrasa hasta los 65 años, y requerirá
que el trabajador tenga 35 años cotizados. Esta medida se va a aplicar de forma
progresiva, igual que el aumento de la edad de jubilación. En 2013 se exigirá
tener 63 años y 1 mes, en 2014 se exigirán 63 años y 2 meses, y asi hasta
llegar al año 2027, en el que se requerirán 65 años cumplidos. El trabajador
perderá entre un 6,5% y un 8% por cada año que le falte hasta llegar a los 44
años y 6 meses cotizados.
Igualmente, la jubilación anticipada forzosa (la que deriva
de un despido, con 6 meses de antigüedad en el desempleo) se atrasa hasta los
63 años y requerirá tener cotizados 33 años (antes eran 30). Tambien se
aplicará de forma progresiva, por lo que en 2013 el trabajador deberá tener 61
años y 1 mes, en 2014 serán 61 años y 2 meses, y así hasta llegar a los 63 años
en el año 2027. El trabajador perderá entre un 6% y un 7,5% por cada año que le
falte hasta llegar a los 44 años y seis meses cotizados.
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duda que pueda surgirles y tramitarle su pensión de jubilación.